Instituto Nacional para el Federalismo y el Desarrollo Municipal. (2019, julio 3). Conmemoramos 64 años del voto de la mujer en México [Fotografía]. Instituto Nacional para el Federalismo y el Desarrollo Municipal. https://www.gob.mx/inafed/articulos/64-aniversario-del-voto-de-la-mujer-en-una-eleccion-federal-en-mexico
El 3 de julio de 1955, las mujeres mexicanas acudieron por primera vez a las urnas a emitir su voto para elegir a los diputados federales de la XLIII Legislatura. Este acontecimiento, sin lugar a dudas, fue uno de los mayores reconocimientos de los derechos de las mujeres mexicanas y, es por ello que es importante mencionar los antecedentes de dicho suceso.
En el año 1923, se celebró en México el Primer Congreso de la Liga Panamericana de Mujeres, al que asistieron más de 100 delegadas de todos los estados del país (entre las cuales se encontraban destacadas dirigentes feministas). Durante dicho congreso, se acordó mandar al Congreso de la Unión una petición para pedir la igualdad de derechos políticos entre mujeres y hombres. Esta petición provocó que los partidos políticos se interesaran en incluir el sufragio femenino como una de sus promesas electorales.
Es por ello que en el año 1947, durante el gobierno del presidente Lázaro Cárdenas, se promovió una iniciativa de reforma al artículo 34 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En la cual solicitaba que las mujeres tuvieran la oportunidad de votar y de ser votadas y, a pesar de ser aprobada por la Cámara de Senadores y Diputados, en la última fase del proceso legislativo no se hizo la declaratoria de Reforma Constitucional, como indica el artículo 135 y la iniciativa quedó en el aire[1].
Sin embargo, el 6 de abril de 1952, más de 20 mil mujeres se congregaron en el parque 18 de Marzo de la Ciudad de México, solicitando al candidato a la presidencia, Adolfo Ruíz Cortinez, que cumpliera su promesa de campaña de plasmar en la Carta Magna el derecho a las mujeres mexicanas de votar y ser votadas.
Y fue así que el 17 de octubre de 1953, Adolfo Ruíz Cortines (ya ocupando el cargo de presidente de la República), publicó un decreto para la promulgación de las reformas constitucionales, otorgando a las mujeres el derecho a votar y ocupar puestos de elección popular.
Es un hecho que en épocas anteriores las mujeres no eran tratadas igual que los hombres, pero afortunadamente los diferentes movimientos por parte del colectivo femenino han logrado que esa diferencia en cuanto los tratos no sean como lo eran antes.
Es importante mencionar que tanto los Derechos Humanos, como nuestra propia Constitución promueven el principio de igualdad, esto quiere decir, que sin importar el género, la raza, la clase social, grupo étnico, entre otros aspectos, la ley protegerá, promoverá y respetará en todo momento los derechos que se encuentren establecidos en dichos ordenamientos jurídicos, por lo que cualquier persona que atente o vaya en contra de este principio será sancionada a través de los diferentes mecanismos que la ley establece.
Por lo que es preciso citar el primer párrafo del artículo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de fundamentar lo mencionado en el párrafo anterior;
“Artículo 4o.- La mujer y el hombre son iguales ante la ley. Ésta protegerá la organización y el desarrollo de la familia”.
Por lo que podemos concluir, que el voto de las mujeres fue sin duda un gran logro para el colectivo femenino que ayudó al comienzo del desarrollo del principio de una verdadera igualdad entre hombres y mujeres, en el cual tenemos que seguir trabajando juntos como sociedad para que dicho principio sea perfeccionado al cien por ciento.
Por otra parte, el artículo cuarto Constitucional no se limita únicamente al voto de las mujeres, sino que promueve este principio de igualdad en todos los aspectos, por lo que cualquier persona que atente o actúe de forma contraria a lo establecido en su primer párrafo estaría violentando claramente la Constitución, por lo que es importante hacer del conocimiento de la sociedad la gravedad que eso implica, puesto que no es cualquier cosa hacer una diferencia en el trato que se da por razón de género ya que ese párrafo es muy claro al señalar que tanto las mujeres como los hombres gozarán de los derechos que la ley establece.
“Para la ley no existen ni hombres ni mujeres, sino simplemente seres humanos, respetemos la ley.”
Alfredo Hidalgo S.
[1] Comisión Nacional de los Derechos Humanos. (2020). Primera vez que la mujer vota en México. http://www.cndh.org.mx/noticia/primera-vez-que-la-mujer-vota-en-mexico
Mayra M. H.
Alfredo H. S.
Fuentes de consulta:
Comisión Nacional de los Derechos Humanos. (2020). Primera vez que la mujer vota en México. http://www.cndh.org.mx/noticia/primera-vez-que-la-mujer-vota-en-mexico
Instituto Nacional para el Federalismo y el Desarrollo Municipal. (2019, 3 julio). Conmemoramos 64 años del voto de la mujer en México. https://www.gob.mx/inafed/articulos/64-aniversario-del-voto-de-la-mujer-en-una-eleccion-federal-en-mexico
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (const), Artículo 4. 5 de febrero de 1917 (México)