Nadezhda1906. (s. f.). Grandparents and kids hands, concept of family and parenting [Fotografía]. Canva. https://www.canva.com
El 28 de agosto se celebra el Día del Abuelo en México con el motivo de apreciar el papel tan importante que tienen los abuelos dentro de la familia y en la sociedad. Sin embargo, no se conoce de forma oficial el por qué se conmemora en este día pero existen diversas historias que podrían significar el origen de la celebración.
En una de ellas se menciona que en el gobierno del presidente Abelardo L. Rodríguez —que comprende los años de 1932 a 1934— estableció por primera vez en el país la celebración del Día del Abuelo, que posteriormente sería ratificada por el sexenio del presidente Lázaro Cárdenas.
Otras fuentes señalan que fue durante el primer Congreso Panamericano de Gerontología llevado a cabo en México en 1957, encabezado por el doctor colombiano Guillermo Marroquín Sánchez, el cual propuso que en América Latina se celebrará a los abuelos y abuelas el 28 de agosto de cada año.
Finalmente, existe otra versión que sostiene que el origen del Día del Abuelo comenzó hace apenas dos décadas por el locutor Edgar Gaytán Monzón, en su programa de radio llamado “La Hora Azul”, en el cual transmitían canciones que eran del agrado de los adultos mayores como boleros, tríos y la música de la época de oro del cine mexicano.
Sin importar cual de estas versiones sea considerada como la oficial, es un hecho que los abuelos al igual que las demás personas tienen derechos y obligaciones con las cuales deben cumplir, sin embargo, al igual que otros sectores de la población, las personas mayores como los menores de edad, o los integrantes de una comunidad indígena, son considerados como grupos vulnerables.
Pero… ¿Qué es un grupo vulnerable?
El Plan Nacional de Desarrollo (PND) define la vulnerabilidad como “el resultado de la acumulación de desventajas y una mayor posibilidad de presentar un daño, derivado de un conjunto de causas sociales y de algunas características personales y/o culturales. Considera como vulnerables a diversos grupos de la población entre los que se encuentran las niñas, los niños y jóvenes en situación de calle, los migrantes, las personas con discapacidad, los adultos mayores y la población indígena, que más allá de su pobreza, viven en situaciones de riesgo.”
Por lo anteriormente planteado, la ley positiva mexicana contempla distintos preceptos legales en los cuales se busca la protección de estos grupos vulnerables, para el caso específico de los adultos mayores podemos encontrar un ordenamiento jurídico que contempla a este sector de la población; la “Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores”.
Es importante resaltar que para los efectos de la ley se entenderá por adultos mayores a aquellas personas de 60 años o más.
De igual forma, el Estado mexicano también se apoya en diferentes instituciones, como es el Instituto Nacional de las Personas Mayores, el cual pretende promover la inclusión de este sector de la población en los ámbitos social, económico, laboral y familiar, así como la protección de los derechos de este colectivo en la vida diaria.
Por lo que resulta pertinente citar la misión de este organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, a fin de que nuestros lectores estén al tanto de la existencia de un organismo que se preocupa por los derechos de las personas adultas mayores, y al cual pueden acudir en cualquier momento de ser necesario.
MISIÓN
“Contribuir al bienestar de las Personas Adultas Mayores en el país, a través de garantizar el goce y ejercicio, en condiciones de igualdad, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales, así como de su plena inclusión, integración y participación en la vida económica, política y social.”
Cabe mencionar que además de contar con todo lo anterior para garantizar el cumplimiento de los derechos de las personas que pertenecen a este sector, cuentan también con el apoyo de un organismo público autónomo del Estado mexicano como lo es la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), la cual tiene por objeto esencial la protección de los derechos humanos, así como su observancia, promoción, estudio y divulgación, contando con un apartado especial para los adultos mayores contemplando los siguientes derechos:
- “Igualdad de oportunidades: Las personas adultas mayores tienen derecho a toda oportunidad de formación y realización, así como a la alimentación, el agua, la vivienda, vestido, atención sanitaria, oportunidad de un trabajo remunerado, educación y capacitación, a vivir en un entorno seguro y adaptado a sus necesidades, que privilegie su integridad física, su salud y su vida.
- Participación: Las personas adultas mayores tienen derecho a la participación activa en la aplicación de las políticas que incidan directamente en su bienestar, a compartir sus conocimientos y habilidades con las generaciones más jóvenes y a formar movimientos o asociaciones.
- Cuidados: Las personas adultas mayores tienen derecho a beneficiarse de los cuidados de su familia, a tener acceso a servicios sanitarios y a disfrutar de los derechos humanos y libertades fundamentales cuando residan en hogares y en instituciones donde se les brinden cuidados y tratamiento.
- Autorrealización: Las personas adultas mayores tienen derecho a aprovechar las oportunidades para desarrollar plenamente su potencial, mediante el acceso a los recursos educativos, culturales, espirituales, recreativos y a la participación política.
- Dignidad: Las personas adultas mayores tienen derecho a vivir con seguridad, ser libres de cualquier forma de explotación, maltrato físico o mental y recibir un trato digno.
- Acceso a la justicia: Las personas adultas mayores tienen derecho a ser oídas, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable por un Juez o Tribunal competente, independiente e imparcial, establecido con anterioridad por la ley, en la sustanciación de cualquier acusación penal formulada contra ellas, o para la determinación de sus derechos y obligaciones de orden civil, laboral, fiscal o de cualquier otro carácter.
- Se garantizará la debida diligencia y el tratamiento preferencial a las personas adultas mayores para la tramitación, resolución y ejecución de las decisiones en procesos administrativos y judiciales. La actuación judicial deberá ser particularmente expedita en casos en que se encuentre en riesgo la salud o la vida de la persona mayor.
- Enfoque de Derechos y calidad de vida: Toda acción a favor de las personas adultas mayores representa un cambio estructural en el diseño de la política pública de vejez, con una visión integral de las condiciones que propicien su desarrollo humano.
- Enfoque de ciclo de vida y visión prospectiva: El envejecimiento es un proceso involutivo que ocurre durante toda la vida y que requiere valorar los efectos de las acciones que se realizaron en etapas anteriores de la vida y elaborar alternativas que consideren escenarios futuros para la población.”
Por lo que podemos concluir afirmando que la legislación del Estado Mexicano realmente se preocupa por garantizar la protección de los derechos del sector correspondiente a los adultos mayores, ya que además de estar protegidos por la Constitución como todos los mexicanos y las personas que se encuentran dentro de territorio nacional; cuentan también con diferentes organismos encargados de proteger sus derechos, así como también un ordenamiento jurídico que habla específicamente de ellos.
Siendo así, nosotros como mexicanos deberíamos hacer valer lo que establece nuestra legislación y de esta manera aprovechar los beneficios que la misma nos brinda.
Alfredo H.S.
Mayra M.H.
Fuentes de consulta:
Masse, F. (2019, 28 agosto). Día del Abuelo 2019: qué es y cuándo se celebra en México. Milenio. https://www.milenio.com/cultura/dia-del-abuelo-2019-que-es-y-cuando-se-celebra-en-mexico
Uno TV. (2020, 28 agosto). ¿Por qué en México se festeja el Día del Abuelo el 28 de agosto? https://www.unotv.com/nacional/dia-del-abuelo-2020-por-que-se-celebra-el-28-de-agosto/