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Creación de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH)

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Comisión Nacional de los Derechos Humanos. (s. f.). Comisión Nacional de los Derechos Humanos [Imagén]. Comisión Nacional de los Derechos Humanos. https://www.cndh.org.mx/

El 6 de junio de 1990, se crea la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) con el propósito de proteger y defender los derechos humanos en México, así como la observancia, promoción estudio y divulgación de los mismos[1].

Los antecedentes más antiguos de este organismo constitucional autónomo se pueden encontrar desde el siglo XIX, cuando el entonces diputado de San Luis Potosí, Ponciano Arriaga, promovió la promulgación de la Ley de la Procuraduría de los Pobres de 1847. Dicha ley, tendría como acción principal proteger a las personas de clase social baja que hubieran sufrido abusos por parte de alguna autoridad.

No obstante, sería hasta el 13 de febrero de 1989, que se crearía la Dirección General de Derechos Humanos y, un año más tarde, por decreto presidencial nació la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, siendo esta un organismo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación.

Es importante destacar que la defensa y salvaguarda de los derechos humanos en México alcanzó su rango constitucional el 28 de enero de 1992, con un decreto en el cual se adicionó el apartado B en el artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Pero fue hasta el 13 de septiembre de 1999, mediante una reforma constitucional del artículo 102, apartado B, que dicho organismo se constituyó como una institución con plena autonomía de gestión y presupuesto, así como personalidad jurídica y patrimonios propios[2].

En resumen, dicho artículo establece el fundamento y el propósito de los diferentes organismos que son designados por el Congreso de la Unión y las legislaturas de las entidades federativas en el ámbito de sus competencias para la protección de los derechos humanos que ampara el orden jurídico mexicano, en este caso la Comisión Nacional de Derechos Humanos, así como también establece la forma en que será constituida, los asuntos que conocerá y la manera en que ha de operar.

Todo lo anterior con el fin de otorgar certeza jurídica sobre el respeto, promoción y protección de los derechos humanos a todas aquellas personas que se encuentren bajo la protección de nuestra Carta Magna, así como también evitar el abuso de poder por parte de las autoridades con los gobernados, es decir, que no por ser una autoridad podrán hacer lo que quieran, sino que el actuar de la autoridad tendrá en todo momento que respetar, proteger y promover los derechos humanos.

También determina que dichos organismos serán los encargados de formular recomendaciones a los servidores públicos, a fin de evitar violentar los derechos humanos previstos en la ley, cabe mencionar que estas recomendaciones son de observancia obligatoria para los servidores públicos, ya que las mismas tendrán que ser respondidas en todo momento, y en caso de que las autoridades o servidores públicos no aceptaran o no cumplieran con estas recomendaciones, tendrán la obligación de fundar, motivar y hacer pública su negativa en cuanto a la recomendación emitida por dichos organismos.

Lo que quiere decir que, en caso de no aceptar las recomendaciones, las autoridades tendrán la obligación de explicar con argumentos sólidos y con fundamentos establecidos previamente en la ley los motivos por los cuales no aceptó o no cumplió con dicha recomendación, por otra parte, la Cámara de Senadores o en caso de recesos la Comisión Permanente, o las legislaturas de las entidades federativas, podrán citar a los responsables con el propósito de que comparezcan para explicar el motivo de su negativa, esto a solicitud de los organismos que hayan hecho la recomendación.

En conclusión podemos decir que la intención de nuestra norma principal la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es la protección de los derechos humanos, así como también fomentar una cultura que tanto para los ciudadanos como para las autoridades promueva y respete en todo momento los derechos humanos dentro del territorio mexicano, tanto es así que faculta a los ciudadanos a crear diferentes organismos que emiten recomendaciones para promover esa cultura, y que a su vez vigilan que efectivamente se esté cumpliendo con estos propósitos.

No hay que olvidar la importancia de estar bien informados en cuanto a los derechos con los que contamos, ya que si no los conocemos bien, nos resultará más complicado el poder hacerlos valer. De nada nos va a servir tener una caña de pescar de la mejor calidad si no sabemos como usarla adecuadamente.

[1] Comisión Nacional de los Derechos Humanos México. (2020). Preguntas frecuentes. https://www.cndh.org.mx/cndh/preguntas-frecuentes.

[2] Comisión Nacional de los Derechos Humanos México. (2020a). Creación de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. https://www.cndh.org.mx/noticia/creacion-de-la-comision-nacional-de-los-derechos-humanos.

Alfredo H. S.
Mayra M. H.

Fuentes de consulta:

Comisión Nacional de los Derechos Humanos México. (2020a). Creación de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. https://www.cndh.org.mx/noticia/creacion-de-la-comision-nacional-de-los-derechos-humanos.

Comisión Nacional de los Derechos Humanos México. (2020). Preguntas frecuentes. https://www.cndh.org.mx/cndh/preguntas-frecuentes.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos [const]. Artículo 102 apartado B. 5 de febrero de 1917 (México).

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