En este momento estás viendo Día Internacional de la Planificación Familiar

Día Internacional de la Planificación Familiar

  • Comentarios de la entrada:Sin comentarios

Pixelshot. (s. f.). Ginecóloga con diferentes anticonceptivos [Fotografía]. Canva. https://www.canva.com/photos/MAD9cG8YoXo-female-gynecologist-with-different-contraceptives/

El 3 de agosto se celebra el Día Internacional de la Planificación Familiar, ello con el objetivo de que las personas tengan, de manera oportuna y completa, la información sobre los diferentes métodos anticonceptivos y sus ventajas para la prevención del embarazo no planeado y enfermedades de transmisión sexual, especialmente en adolescentes.

Asimismo, se hace un llamado a identificar y atender a la población con mayor necesidad de métodos anticonceptivos en México, garantizando el libre ejercicio y cumplimiento de los Derechos Sexuales y Derechos Reproductivos. [1]

Lo anterior se debe al incremento de población a nivel mundial en los últimos años, ya que hoy en día la esperanza de vida en los seres humanos ha aumentado significativamente gracias al avance de la tecnología y la medicina, sumado a ello, podemos encontrar también como una de las causantes del crecimiento de la población la desinformación sobre la planificación familiar, principalmente en adolescentes y en poblaciones de países en vías de desarrollo.

Según la página oficial de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) el continente africano es el continente que más rápido ha crecido en cuanto a su población, a su vez la ONU prevé que para el año 2050, más de la mitad del crecimiento demográfico tenga lugar en África, puesto que al día de hoy su población cuenta con un gran número de jóvenes que pronto alcanzarán la edad adulta y muy probablemente tengan hijos.

En contraste con el párrafo anterior, la ONU prevé que la población en el continente europeo disminuya aproximadamente en un 10%, pudiendo observar un desinterés de la población del continente por querer formar una familia, de igual manera en países como Bosnia y Herzegovina, Bulgaria, Croacia, Hungría, Japón, Letonia, Lituania, República de Moldova, Rumanía, Serbia y Ucrania se prevé un descenso de aproximadamente el 15 % en su población.

En el caso particular del Estado mexicano, en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se establece en artículo 4 párrafo segundo el derecho de formar una familia, dicho párrafo establece literalmente lo siguiente:

“…Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos…”

Como se puede observar, la máxima ley en nuestro país no fija un límite en cuanto al número de hijos que puede tener una familia como sí lo hacen algunos países, un ejemplo de ello es China, en dónde a partir del año 1979 el gobierno implementó la política del “hijo único” con el propósito de controlar el índice de natalidad en el país asiático. Debido a que la sobrepoblación en China se convirtió en un conflicto a nivel nacional y aquellos ciudadanos que no cumplían con dicha política eran sancionados con multas por tener más de un hijo, e incluso algunas familias se vieron obligadas a practicar abortos forzados con tal de evitar las sanciones impuestas por el gobierno.

A finales del año 2015 la política de “un solo hijo” fue sustituida por la política que les permitía tener como máximo dos hijos, ya que se notó una considerable reducción del índice de natalidad, sin embargo, las estadísticas respecto de la población del país arrojaron resultados que causaron la modificación de esta política a finales de mayo del 2021, permitiendo ahora un límite de tres hijos por familia, debido a que se registró un mayor número de ciudadanos de la tercera edad en contraste con la población joven.

Por otra parte, es importante resaltar el hecho de que en el artículo 16.1 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos establece el derecho de poder fundar una familia sin restricción alguna, dicho artículo se transcribe textualmente a continuación a efecto de que nuestros lectores sepan con exactitud su contenido:

ARTÍCULO 16

“1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio…”

Como se puede ver, al igual que la legislación del Estado mexicano, no se limita el número de hijos que pueden conformar una familia, no obstante, las circunstancias específicas bajo las cuales se desarrolla un país, sumado a la soberanía nacional de cada uno de los mismos juegan un papel fundamental en cuanto a la implementación de políticas para poder mantener un control adecuado o estable respecto de la natalidad de cada Estado.

Por todo lo anterior es que resulta sumamente importante informar a la población e implementar en la misma una cultura de responsabilidad en cuanto a la planificación familiar, ya que se observa que cada país se desarrolla bajo circunstancias diferentes. En el caso específico de los índices de natalidad se manifiesta de manera muy escueta que, así como hay países que necesitan controlar sus índices de natalidad, hay países que necesitan incrementarlos, por lo que cada gobierno adoptará las políticas que considere pertinentes para cada caso, sin embargo, a pesar de las medidas implementadas por el gobierno, cada caso de cada individuo tendrá sus circunstancias particulares respecto del tema.

[1] Consejo Nacional de Población. (2021, 3 agosto). 3 de agosto «Día Internacional de la Planificación Familiar». Gobierno de México. Recuperado 28 de julio de 2022, de https://www.gob.mx/conapo/articulos/3-de-agosto-dia-internacional-de-la-planificacion-familiar?idiom=es

Mayra R. M. H.
Alfredo H. S.

Fuentes de consulta:

Consejo Nacional de Población. (2021, 3 agosto). 3 de agosto «Día Internacional de la Planificación Familiar». Gobierno de México. Recuperado 28 de julio de 2022, de https://www.gob.mx/conapo/articulos/3-de-agosto-dia-internacional-de-la-planificacion-familiar?idiom=es

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos [const] Artículo 4. 5 de febrero de febrero de 1917 (México)

United Nations. (s. f.). Población | Naciones Unidas. Recuperado 28 de julio de 2022, de https://www.un.org/es/global-issues/population

Asamblea General de la ONU. (1948). Declaración Universal de los Derechos Humanos (217 [III] A) Artículo 16.1. Paris.

BBC News Mundo. (2021, 31 mayo). Por qué China relajó su controvertida política de natalidad y permitió que las parejas puedan tener 3 hijos. Recuperado 28 de julio de 2022, de https://www.bbc.com/mundo/noticias-internacional-57307247

Deja una respuesta