El 28 de abril se conmemora el Día Mundial de la Seguridad y la Salud en el Trabajo” con el fin de promover la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales en todo el mundo”[1]. Esto con el fin de sensibilizar a la población sobre la creación de espacios seguros y saludables para todos los trabajadores.
El antecedente de esta celebración inicia en el año 2003, en la Conferencia Internacional del Trabajo en su reunión no. 91 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) donde se establecen las Conclusiones de la Conferencia, que promueven una estrategia global en materia de seguridad y salud en el trabajo, así como, informar sobre la necesidad de elaborar y proteger políticas enfocadas en la seguridad y salud de los trabajadores.
Es por ello que la OIT recomienda a los gobiernos proporcionar políticas y un programa nacional, así como, una institución que haga cumplir la legislación enfocada en la seguridad y salud en el trabajo. Además, los empleadores deberán de garantizar un entorno seguro y saludable a sus trabajadores y como trabajadores “tenemos la responsabilidad de trabajar de manera segura y protegernos y no poner en peligro a otros, conocer nuestros derechos y participar en la implementación de medidas preventivas”[2].
Por otra parte, a nivel nacional los trabajadores se encuentran protegidos por la Ley Federal del Trabajo, dicha legislación contiene la regulación de las relaciones obrero-patronales, misma que es de observancia y carácter obligatorio dentro del territorio nacional.
En dicha legislación podemos encontrar en su capítulo noveno todo lo relacionado a los riesgos de trabajo, en el cual se puede observar cómo es que la ley protege a los trabajadores que sufran un accidente en su centro de trabajo, así como los derechos a los que son acreedores, las consecuencias a las que el patrón está sujeto en caso de el tener responsabilidad de dicho accidente, casos de incapacidad, indemnizaciones, excepciones de la responsabilidad del patrón en accidentes, obligaciones de los patrones de mantener un ambiente adecuado para sus trabajadores, entre otras cosas más. Este capítulo abarca del artículo 472 al 515.
Cabe mencionar que en el mismo capítulo noveno se incluye una extensa tabla de las enfermedades que puede sufrir un trabajador contemplando las diferentes ramas en las que se puede desenvolver al prestar sus servicios, así como también una “TABLA DE VALUACIÓN DE INCAPACIDADES PERMANENTES” en la cual se contempla desde una fractura hasta la amputación parcial o total de un miembro, la pérdida parcial o total de algún sentido como la vista o la audición entre otros casos.
Existen también diferentes instituciones encargadas de vigilar el cumplimiento de dicha legislación como lo es la La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) la cual “brinda servicios de asesoría, conciliación y representación legal a trabajadores y/o sus beneficiarios de empresas del ámbito federal.” para el caso de que el trabajador necesite apoyo legal para resolver sobre alguna controversia derivada de la relación obrero-patronal.
Mayra R. M. H.
Alfredo H.S.
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Fuentes de consulta:
OIT, Estrategia global en materia de seguridad y salud en el trabajo: Conclusiones adoptadas por la Conferencia Internacional del Trabajo en su 91.ª reunión, 2003, [En línea], OIT, 2021, Dirección URL: https://www.ilo.org/safework/info/policy-documents/WCMS_154865/lang–es/index.htm
PROFEDET, Defiende los derechos de los trabajadores desde hace 85 años, [En línea], STPS, México, 4 de noviembre de 2014, Dirección URL: http://www.profedet.gob.mx/profedet/prensa/profedet_derechos.html
[1] OIT, Historia del 28 de abril, [En línea], OIT, 2021, Dirección URL: https://www.ilo.org/safework/events/safeday/WCMS_355720/lang–es/index.htm
[2] Naciones Unidas, Día Mundial de la Seguridad y la Salud en el Trabajo 28 de abril, [En línea], Naciones Unidas, Dirección URL: https://www.un.org/es/observances/work-safety-day#:~:text=El%2028%20de%20abril%20es,con%20este%20motivo%20movilizaciones%20y