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2 de octubre, Día de la No Violencia.

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Doidam10. (s. f.). Detener el concepto del abuso. Canva. https://www.canva.com/photos/MADgCa3ZHy0-stop-sexual-abuse-concept/

El 15 de junio de 2007 la Asamblea General de las Naciones Unidas emitió la resolución A/RES/61/271, en la cual, se estableció el día 2 de octubre como el Día Internacional de la No Violencia, esto con el propósito de difundir el mensaje pacífico correspondiente a la no violencia, y así, concientizar a las personas de que la violencia no es una forma de arreglar o resolver conflictos, por lo que tendría que erradicarse, puesto que este tipo de conductas además de afectar la integridad de los individuos, suele ser la causante de nuevos conflictos entre las personas.

Se eligió el día 2 de octubre en conmemoración del natalicio del abogado, político y pacifista hindú, Mohandas Karamchand Gandhi, mejor conocido como Mahatma Gandhi, quien fue el dirigente más sobresaliente del Movimiento independentista de la India, jugando un papel fundamental en dicha independencia empleando la desobediencia civil como método de protesta en desacuerdo con los colonizadores británicos, en lugar de optar por la lucha armada, convirtiéndose en un símbolo de paz a nivel internacional.

El objetivo de conmemorar una fecha así es el de inculcar y fomentar una cultura de paz entre los individuos que integran a la sociedad, puesto que es natural en el ser humano estar en desacuerdo con el pensamiento de los otros, ya que cada uno tiene una forma de pensamiento distinta.

Lo anterior puede generar ciertos conflictos entre los seres humanos, terminando en una confrontación en la cual cada uno haría lo posible por hacer prevalecer su pensamiento frente al otro, no obstante, el principio de la no violencia se enfoca en poder resolver esos conflictos entre las partes de una manera pacífica, lo cual puede configurarse a través de un diálogo donde se encuentre presente el respeto en todo momento, en lugar de optar por medidas que pudieran afectar la integridad de las partes que se encuentran en tal confrontación.

Dicho lo anterior, se puede decir que el surgimiento de conflictos en los seres humanos, además de ser natural, es algo muy común en la vida de los individuos que componen la sociedad, por lo cual, resulta necesario contar con un sistema que pueda ayudar a los individuos a resolver sus conflictos de la mejor manera, siendo esta una de las razones por las cuales surge el Derecho, mismo que tiene el propósito de pretender regular la conducta de las personas que constituyen una sociedad determinada, así como también resolver los conflictos que surgen entre los mismos partiendo de valores como la justicia, igualdad, libertad, dignidad, etcétera.

Hoy en día sería inimaginable; como pudiera desarrollarse la vida diaria sin la existencia del Derecho, puesto que, de no existir, no habría limitación alguna que pudiese controlar las acciones de las personas, lo cual posiblemente terminaría siendo un caos, puesto que no existirían normas de carácter coercitivo que ayudasen a mantener el control dentro de la sociedad.

Además, de configurarse la hipótesis de la no existencia del Derecho, no habría autoridades que ayudarán a mantener un control, puesto que, en primer lugar, no habría una ley que facultara a las personas a ejercer acciones propias de una autoridad y en segundo lugar, al no existir Derecho, no tendría caso alguno contar con una autoridad, dado que no habría nada que vigilar o hacer cumplir, por lo que, probablemente viviríamos en un ámbito muy similar al de los animales en donde prevalece la denominada “Ley del más fuerte”.

Expuesto lo anterior, podemos decir que la simple existencia del Derecho, en teoría, es una práctica de la no violencia, puesto que, en ningún ordenamiento legal, al menos en nuestro país, se establece como método para solucionar un conflicto el ejercicio de la violencia, es más, tal conducta se encuentra expresamente prohibida e incluso es sancionada gracias a la existencia del Derecho mismo.

Por lo que, a efectos de que nuestros lectores puedan confirmar lo expuesto en el párrafo que antecede, resulta pertinente citar el primer párrafo del artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual se transcribe a continuación:

Artículo 17.- Ninguna persona podrá hacerse justicia por sí misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho.
(…) ”

Énfasis añadido.

No obstante, cabe mencionar que la existencia del Derecho no garantiza en su totalidad el cumplimiento del mismo, ya que los seres humanos cuentan con un libre albedrío que pueden ejercer en cualquier momento, sin embargo, la existencia de normas y sanciones que establece el Derecho juegan un papel sumamente importante al limitar la libertad total de ejercer el libre albedrío, siendo así que la conducta de los seres humanos se modifica al existir una consecuencia de carácter coercitivo que resulta en un perjuicio para el individuo que comete tal conducta.

Un ejemplo de lo anterior, puede ser el siguiente; imaginemos que, como es costumbre hay mucho tráfico en la ciudad, y tenemos una reunión importante a la cual vamos tarde, y observamos que los carriles que van en contrasentido se encuentran vacíos, lo que uno más quisiera para poder llegar a tiempo sería circular en dichos carriles, sin embargo, sabemos que existe un reglamento de tránsito que sanciona tal conducta, por lo que evitamos hacerlo y esperamos en el tráfico para no ser sancionados.

Como se puede observar en el ejemplo anterior, no hay algo que físicamente nos impida el circular en sentido contrario, no obstante, el ser sabedores de debido a la existencia del Derecho hay un reglamento de tránsito que establece una sanción para tal conducta, es que no lo hacemos.

Lo mismo aplica al ejercer actos de violencia, y es por ello que se reafirma lo antes mencionado, que es, que la existencia del Derecho en sí, en teoría, es una práctica de la no violencia, sin embargo, en la realidad puede modificarse esta hipótesis debido a diferentes factores, entre ellos, el libre albedrío con el que están dotados los seres humanos.

Es por ello que el equipo de SuAbogado, siendo conocedores de la problemática existente respecto la violencia que se vive día con día en nuestro país, insta a nuestros lectores a conducirse con respeto para los demás y optar por diálogos donde impere la razón antes que el instinto, evitando cometer actos de violencia a fin de poder constituir un ambiente de paz óptimo para el desarrollo de nosotros mismos como sociedad.

La violencia nunca es, ni será la solución.

Alfredo H. S.

Fuentes de consulta

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos [const] Artículo 17. 5 de febrero de febrero de 1917 (México)

United Nations. (s. f.-b). Día Internacional de la No Violencia | Naciones Unidas. Recuperado 2 de octubre de 2022, de https://www.un.org/es/observances/non-violence-day

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